Registro de obras

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Te asistimos para proteger tu creatividad y talento
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Protege lo que creas: consultoría y registro de obras ante INDAUTOR

¿Eres escritor, artista, compositor, diseñador o creador digital? Cada libro, pintura, fotografía, canción, software o audiovisual es mucho más que una simple obra: es tu legado y tu capital intelectual. El registro ante INDAUTOR te brinda el respaldo legal y la constancia jurídica para defender tu autoría y monetizar tu trabajo en cualquier formato, plataforma o medio.


¿Por qué registrar tus obras literarias o artísticas?

  • Tendrás una constancia de autoría para acreditar el derecho exclusivo sobre la obra, facilitando la defensa ante cualquier uso sin autorización, plagio o conflicto de autoría.
  • Obtienes un certificado oficial que puedes usar en negociaciones, licencias, publicaciones y demandas.
  • El registro refuerza tu reputación como autor y facilita la explotación económica y comercial de tu obra.
  • Protege tus intereses en contratos, cesiones y alianzas, ya sea en México o en los países miembros del Convenio de Berna.
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Aunque no es obligatorio, el registro voluntario ante el INDAUTOR facilita la prueba de autoría en litigios y otorga presunción de titularidad. La protección dura toda la vida del autor más 100 años para derechos patrimoniales.

Además, el registro sirve como constancia para ejercer los derechos morales (paternidad, integridad, divulgación) y patrimoniales (reproducción, comunicación pública, transformación y distribución) que te reconoce la ley respecto de tus obras.

¿Qué hacemos por ti?

Consultoría previa: Asesoría estratégica para elegir la mejor rama y modalidad de registro, anticipar posibles obstáculos y resolver dudas sobre derechos patrimoniales y morales.

Preparación y presentación de la solicitud: Redactamos y llenamos el formato RPDA-01 (o RPDA-02 para derechos conexos), agregamos toda la documentación y verificamos que tu obra cumpla los requisitos de originalidad y fijación en soporte material.

Seguimiento digital o presencial: Gestión integral del trámite —preparamos copias, recogemos constancias, vigilamos plazos y atendemos cualquier requerimiento del Instituto.

Defensa de tus derechos: Asistencia en contratos, cesiones, licencias y solución de conflictos, impugnaciones y disputas por plagio ante autoridades administrativas, civiles y penales.

Registro de colecciones y obras por encargo: Si tienes trabajos en conjunto, compilaciones, series, desarrollo de software o el diseño de un logo u otras obras cuya creación fue encomendada por un tercero, te asesoramos en el tipo de registro y en la correcta delimitación de titulares.

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Tipos de obras: tu creación se ajusta a una rama

La ley contempla un amplio catálogo de ramas en las que se puede clasificar tu obra, desde la clásica división en obras literarias y artísticas, hasta muy concretas como las musicales (con o sin letra), dramáticas, de danza, pictóricas, escultóricas, de caricatura, arquitectónicas, cinematográficas y demás audiovisuales (como los programas de TV o los videos de YouTube), programas de cómputo (incluyendo los videojuegos), programas de radio (incluyendo podcasts), fotografías, y obras de arte aplicado (incluyendo el diseño textil).

La selección de la rama no es caprichosa, sino que debe atender a la naturaleza y características de tu obra. Además, debes tener en consideración que aun cuando la protección que otorga la ley es igual para todos los tipos de obra (derechos morales y patrimoniales, plazo de vigencia y posibilidad de celebrar actos jurídicos), cada una de ellas se desarrolla en un hábitat diferente, tiene reglas distintas e incluso vocabulario propio; por ejemplo, la industria del software es totalmente distinta a la industria musical o a la industria cinematográfica.

El equipo de Marcápolis® analiza el tipo de obra que creaste o que necesitas crear y te indicará la mejor estrategia para su protección.

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¿Participarás en un concurso y necesitas documentar los derechos de autor de tu obra?

Si vas a participar en un concurso para la realización de una obra (logo, cartel, documental, cortometraje, escultura, ensayo, poema, o cualquier creación literaria o artística), ya sea por convocatoria de un particular o de una institución pública gubernamental, te ayudamos a armar la carpeta en que se documente correctamente la cadena de derechos necesarios para dar seguridad a todos los interesados.

Para ello, como primer paso te ayudamos con la revisión de las bases de la convocatoria de que se trate y, en un segundo momento, te ayuamos a definir la estrategia legal de protección que más se ajuste a tus intereses y a los de la parte convocante.

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Nuestro acompañamiento

Déjanos ayudarte a proteger lo que has construido. Te acompañamos en todo el proceso, desde la identificación del tipo de obra, la documentación necesaria para su correcto registro y su inscripción en el Registro Público del INDAUTOR que será una constancia de presunción de autoría y justificará tus derechos de autor.

Para tu comodidad, podemos asistirte 100% online: solicita tu asesoría, envía documentos y recibe notificaciones sin salir de tu casa u oficina.

Un abogado de nuestro equipo estará contigo desde el inicio y, en casos especiales, por el mismo precio, tendrás incluida la impugnación en caso de objeción o negativa (pregunta por nuestros apoyos a autores).

Ten en consideración que contamos con amplia experiencia en procedimientos contenciosos ante tribunales federales, por lo que nuestro valor agregado lo ponemos a tu disposición en caso de ser necesario.

¿Por qué elegirnos?

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  • Más de 15 años de experiencia efectiva y real en propiedad intelectual.
  • Respuestas expeditas y claras: análisis profesional en menos de 24 horas.
  • Trámite integral y defensa legal sin sorpresas ni costos ocultos.
  • Estrategias legales para solventar impedimentos y maximizar el valor de tus obras.
  • Asistencia continua, personalizada y empática.
  • Aprovecha nuestra experiencia, reduce riesgos y suma valor a tu negocio.

Ten en cuenta que nosotros no somos una agencia de maketing, aunque hacemos equipo con muchas de ellas. Somos un equipo de abogados especialistas en Propiedad Intelectual con acreditaciones ante la Secretaría de Educación Pública.




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¡Descubre el potencial de tu obra hoy!

Protege, impulsa y capitaliza tus ideas con el respaldo de expertos en propiedad intelectual.

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Preguntas frecuentes

No. En México, la protección nace automáticamente desde el momento en que la obra se fija en un soporte material (por ejemplo, cuando escribes el texto, grabas la canción o guardas el archivo).

El registro ante INDAUTOR no crea el derecho, pero sí constituye una prueba fuerte de autoría y fecha, por lo que es altamente recomendable como herramienta de seguridad jurídica, para negociaciones y para acciones legales de defensa.

La ley protege obras literarias y artísticas muy diversas, entre ellas: textos literarios, obras musicales, dramáticas, coreográficas, pictóricas, dibujos, esculturas, caricaturas e historietas, obras arquitectónicas, cinematográficas y audiovisuales, programas de radio y televisión, programas de cómputo, fotografías, arte aplicado y bases de datos, entre otras. Lo importante es que la creación sea original y esté expresada en algún medio perceptible por los sentidos.

El registro en el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) te otorga una constancia que sirve como evidencia formal de autoría y fecha de creación de tu obra. Esto facilita la prueba en juicios, negociaciones de licencias, cesiones de derechos y en general en cualquier controversia sobre autoría o uso no autorizado.

Dependiendo del caso, podemos enviar requerimientos y cartas de cese de uso, negociar licencias retroactivas o iniciar procedimientos administrativos y demandas civiles por infracción. La legislación mexicana prevé desde la indemnización de daños y perjuicios hasta sanciones económicas y, en supuestos graves, incluso responsabilidad penal.


En México, los derechos patrimoniales suelen durar la vida del autor y 100 años más contados a partir de su muerte (en obras de autor individual), con reglas especiales para obras en colaboración o anónimas. Una vez transcurrido ese plazo, la obra entra al dominio público: cualquiera puede explotarla libremente, pero deben respetarse los derechos morales, como el reconocimiento del autor y la integridad de la obra.